Nuestra labor

Normativa Reguladora

Como se determina en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y sus correspondientes correcciones, y más concretamente en su artículo 26º, las Entidades Locales también tienen sus funciones de Protección Civil dentro de su ámbito de actuación.

Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil

Artículo 7 quáter

1. El voluntariado de protección civil podrá colaborar en la gestión de las emergencias, como expresión de participación ciudadana en la respuesta social a estos fenómenos, de acuerdo con lo que establezcan las normas aplicables, sin perjuicio del deber general de colaboración de los ciudadanos en los términos del artículo 7 bis.

Las actividades de los voluntarios en el ámbito de la protección civil se realizarán a través de las entidades de voluntariado en que se integren, de acuerdo con el régimen jurídico y los valores y principios que inspiran la acción voluntaria establecidos en la normativa propia del voluntariado, y siguiendo las directrices de aquellas, sin que en ningún caso su colaboración entrañe una relación de empleo con la Administración actuante.

2. Los poderes públicos promoverán la participación y la formación de los voluntarios en apoyo del Sistema Nacional de Protección Civil.

Ley 4/2007, de 28 marzo 2007, de Protección Ciudadana de Castilla y León

Artículo 48

Se denominan voluntarios de protección civil aquellas personas que, libre y desinteresadamente, participan de manera organizada y conforme a la normativa de aplicación en las materias de esta Ley. Su actividad se orienta principalmente a la prevención y colaboración con los servicios de asistencia en la organización y desarrollo de las actividades de protección civil.

Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado

Artículo 6

j) Voluntariado de protección civil, que colabora regularmente en la gestión de las emergencias, en las actuaciones que se determinen por el Sistema Nacional de Protección Civil sin perjuicio del deber de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, como expresión y medio eficaz de participación ciudadana en la respuesta social a estos fenómenos, en los términos que establezcan las normas aplicables.

Ley 8/2006, de 10 de octubre, del Voluntariado en Castilla y León

Artículo 6 

2. A los efectos de la presente ley se consideran actividades de interés general las de acción social y servicios sociales, sanitarias, de defensa de los derechos humanos, educativas, de cooperación al desarrollo, culturales, de defensa del patrimonio histórico y artístico, científicas, de emergencias y protección civil, de protección de los consumidores y usuarios, deportivas, de ocio y tiempo libre, de defensa y protección del medio ambiente, de promoción del mundo rural, de defensa de la economía o de la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, de fomento del voluntariado y cualesquiera otras de análoga naturaleza que, ajustándose a lo dispuesto en la presente ley, puedan contribuir a la consecución de los fines contemplados en el artículo 4.

Reglamento de Protección Civil de Arroyo de la Encomienda

Artículo 1

La Protección Civil Municipal tiene como fin la configuración de una organización en base a los recursos municipales y a la colaboración de las entidades privadas y de los ciudadanos, para garantizar la coordinación preventiva y operativa respecto de la protección de personas y bienes ante los daños producidos por las situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, mediante la realización de actividades que permitan evitar las mismas, reducir sus efectos, reparar los daños y, en su caso, contribuir a corregir las causas productoras de los mismos.

Enlaces

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

Ley 4/2007, de 28 marzo de Protección Ciudadana de Castilla y León.

Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León.

Reglamento de la Agrupación de Protección Civil de Arroyo de la Encomienda.